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TRABAJAR

SALARIOS E IMPUESTOS PERSONALES

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En términos generales, en Uruguay pueden emplearse personas extranjeras en todas las actividades desarrolladas en todo el territorio nacional.

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El sistema de migración en Uruguay proporciona diferentes formas de ingresar al país, como: residente temporal, residente permanente o no residente. Para poder trabajar, los extranjeros deberán contar con la residencia temporal o permanente, otorgada por la Oficina Nacional de Inmigración de Uruguay.

 

Existen varios mecanismos de fijación de salarios: 

  • negociación individual entre empleado y empleador, 

  • negociación bilateral con la ejecución de acuerdos de negociación entre la empresa y los sindicatos, 

  • negociación tripartita en la que el Gobierno participa junto con los trabajadores y empleadores en la fijación del mínimo. También se definen categorías y reajustes a través de los Consejos de Salarios (entidades tripartitas compuestas por delegados del Estado, trabajadores y empleadores).

 

NIVELES SALARIALES

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Elaborado por Uruguay XXI en base a relevamientos con empresas del sector y consultoras especializadas. 

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IMPUESTOS PERSONALES  

 

Las personas físicas que viven en Uruguay están sujetas al Impuesto sobre la Renta Personal. Además, y solo en el caso de que tengan activos ubicados en Uruguay y siempre que estos excedan el mínimo no imponible (US$ 110.000 el cual se duplica para núcleos familiares), deberán pagar Impuesto sobre el Patrimonio.

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Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)

 

El IRPF es un impuesto personal y directo que recauda los ingresos obtenidos por las personas físicas que viven en Uruguay. Los residentes son aquellas personas que permanecen en Uruguay por más de 183 días durante un año calendario y que establecen sus actividades o negocios principales, o tienen intereses económicos o vitales en Uruguay.

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El pago se realiza anualmente y se liquida, como regla general, el 31 de diciembre de cada año. De todas maneras, las personas empleadas deben realizar anticipos mensuales por este impuesto de acuerdo a sus diferentes tipos de ingresos (capital y/o trabajo).

 

La tasa del IRPF es progresiva, lo que implica que a mayor ingreso mayor gravamen:

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1 BPC (Base de beneficios y contribuciones) = $ 4,519
Cifras expresadas en pesos uruguayos. Ver cotización del peso uruguayo aquí.

 

Otros impuestos: contribución de jubilación, seguro de salud y Fondo de reconversión laboral

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Asimismo, como trabajador se debe cumplir con otras obligaciones que garantizan el acceso, y el de su familia, a los beneficios que les corresponden (salud, seguridad social, seguro contra accidentes).

 

Por un lado, tiene la obligación de contribuir con un porcentaje de su salario mensualmente que debe ser retenido por su empleador al momento del pago y éste debe pagarlo al BPS. Los porcentajes de contribución personal, retenidos de su salario son:

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  • Contribución de jubilación: 15%

  • Seguro Nacional de Salud: varía entre 3%-8% dependiendo del monto del ingreso, y de la estructura familiar del trabajador.

  • Fondo de Reconversión Laboral: 0.125%

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Por otra parte, hay áreas de actividad en las que es muy común que los profesionales facturen sus honorarios a la empresa, para esto es necesario la constitución de: 

  • una empresa prestadora de servicios profesionales, en este caso el profesional deberá homologar su título universitario en Uruguay y aportará IRPF,

  • una empresa unipersonal, que también aportará IRPF,  

  • una Sociedad de Acciones Simplificadas (empresa SAS) la cual aportará IRAE, y en el caso de tratarse de un prestador de servicios de tecnología estará exento de dicho impuesto, amparándose en el régimen de incentivos al Software.

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Consultá el simulador de aportes del Banco de Previsión Social aquí

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Regrese a la página web principal de la sección TRABAJO

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LEGISLACIÓN LABORAL

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Conocé los derechos de empleados y empleadores.

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¿Qué impuestos se deben pagar? ¿Qué benifcios generan? 

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